Cada julio muchas sociedades presentan el modelo 200 casi en piloto automático. Este año no conviene hacerlo. La Campaña de Sociedades 2025 se ha iniciado el 1 de julio de 2026 y la AEAT ya tiene disponibles tanto la consulta de datos fiscales como Sociedades WEB Open, el simulador que permite hacer pruebas previas del modelo 200 del ejercicio 2025 sin necesidad de identificarse con certificado electrónico. Para entidades con ejercicio coincidente con el año natural, el plazo general llega hasta el 27 de julio de 2026, y la domiciliación bancaria puede hacerse del 1 al 22 de julio.
Lo que cambia este julio en la campaña de Sociedades
La razón por la que este modelo 200 merece una lectura menos rutinaria está en las novedades del propio impuesto para los periodos iniciados desde 1 de enero de 2025. La AEAT ha reforzado el mensaje en su manual y en su información de campaña: Una de las novedades más relevantes es la reserva de capitalización, que se ha potenciado con nuevos porcentajes de reducción y con una vinculación más clara al incremento de plantilla media.
La novedad que puede marcar la diferencia: reserva de capitalización
Del 15% al 20%
Con efectos desde el 1 de enero de 2025, la AEAT explica que la reducción general en base imponible por reserva de capitalización pasa del 15% al 20% del incremento de fondos propios, siempre que se cumplan los requisitos exigidos. No es un matiz menor, ya que para algunas pymes que vienen reforzando fondos propios, la diferencia respecto al esquema anterior puede ser relevante.
Cuándo puede subir al 23%, 26,5% o 30%
La novedad no se queda en el 20%. La propia AEAT detalla que el porcentaje puede elevarse al 23% si la plantilla media aumenta al menos un 2% y menos de un 5%; al 26,5% si el incremento está entre el 5% y el 10%; y al 30% si supera el 10%. Ese incremento de plantilla debe mantenerse durante 3 años desde el cierre del periodo impositivo correspondiente.
Qué requisitos no conviene olvidar
La AEAT también recuerda que el incremento de fondos propios debe mantenerse durante 3 años, que debe dotarse una reserva indisponible y que existe un límite general del 20% de la base imponible positiva previa a esta reducción y a la compensación de bases imponibles negativas, que se eleva al 25% cuando el importe neto de la cifra de negocios es inferior a 1 millón de euros. Además, si no hay base suficiente, las cantidades pendientes pueden aplicarse en los 2 ejercicios inmediatos y sucesivos.
Por qué muchas pymes pueden dejar pasar esta oportunidad
El problema real no suele ser la falta de una “gran operación fiscal”, sino la inercia. Muchas sociedades presentan el impuesto como todos los años y solo miran el cierre con mentalidad de cumplimiento, no de revisión estratégica. En 2026 eso puede salir caro en términos de oportunidad perdida: si la entidad ha fortalecido fondos propios o ha mejorado plantilla, puede estar ante un incentivo que merece revisarse con más calma antes de cerrar el modelo 200. Esa conclusión es una recomendación profesional basada en las novedades publicadas por la AEAT para 2025.
Qué revisar antes de presentar el modelo 200
Para una pyme, lo razonable este julio es revisar cuatro bloques antes de presentar: datos fiscales ya disponibles, simulación previa en Sociedades WEB Open, posible aplicación de la reserva de capitalización y plazo de presentación o domiciliación.
Si tu sociedad va a presentar el modelo 200 este mes y quieres revisar si estás dejando pasar una ventaja fiscal por ir con el piloto automático, en CN Asesoría podemos ayudarte a revisar el cierre con más criterio.





