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domingo, 08 diciembre 2019 / Publicado en Tribunal

Tribunal Constitucional y Tribunal Supremo

El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la plusvalía municipal cuando no se genera beneficio en la transmisión:

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional la forma de calcular el impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana (la llamada plusvalía municipal) en aquellos casos concretos en los que no se genera beneficio alguno.

Así, declara inconstitucionales los artículos 4 y 7.4 de la norma foral 16/1989, en la medida en la que no han excluido del tributo las situaciones de inexistencia de incremento del valor del terreno.

Hay que destacar que el Tribunal Constitucional ha determinado la inconstitucionalidad de un articulado de la normativa foral de Guipúzcoa (al revisar un caso de un terreno situado en Irún), y que por lo tanto no entra en cuestión la normativa estatal.

Ese el primer paso para que este impuesto grave lo que realmente debió hacer desde el principio: la ganancia patrimonial obtenida.

El Tribunal Supremo exime a las empresas de llevar un registro de las horas trabajadas, anulando el criterio de la Audiencia Nacional sobre el tema:

Según el Alto Tribunal, las empresas no están obligadas a llevar un registro horario, ya que supone establecer un complejo sistema, pues no solo se trata de registrar la entrada y salida sino que debe considerar las múltiples variantes que supone la existencia de distintas jornadas, el trabajo fuera del centro de trabajo, y en su caso, la distribución irregular de la jornada a lo largo del año.

Esto no significa que no se deba llevar en la empresa un control de las horas de trabajo, sobre todo para evitar reclamaciones de los trabajadores sobre las horas extraordinarias.

Si quieres saber más sobre cómo evitar estas reclamaciones, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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Etiquetado bajo: legislación, Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo

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